Preguntas más frecuentes: Métodos de trabajo

¿Cuál es la diferencia entre un Estado miembro y un Estado observador?

Los Estados miembros de la Comisión son elegidos. El resto de los Estados que no son miembros de la Comisión son invitados a asistir a los períodos de sesiones de la Comisión y sus grupos de trabajo en calidad de observadores. Los Estados observadores podrán participar en el esfuerzo colectivo por llegar a un texto que sea aceptable para todos. En cambio, no podrán oponerse a que se haga constar una decisión ni tienen derecho a votar.

¿Existen otros observadores en la CNUDMI?

Los períodos de sesiones de la Comisión y sus órganos subsidiarios están abiertos a los representantes de organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales invitadas por la Comisión. Esas organizaciones no participan en la adopción de decisiones. Los órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados vinculados con las Naciones Unidas pueden participar en los períodos de sesiones y en la labor de la Comisión y de sus órganos subsidiarios. La Comisión elabora y actualiza, según sea necesario, una lista de las organizaciones internacionales con las que la CNUDMI mantiene una cooperación de larga data y que han sido invitadas a asistir a sus períodos de sesiones. Además, la Comisión o sus órganos subsidiarios podrán pedir a la Secretaría que invite a una organización concreta al período de sesiones pertinente. También puede recibir una solicitud de una organización para que se la invite a asistir a un período de sesiones, o puede ella misma tomar la iniciativa de invitar a una organización basándose en su evaluación de la pertinencia y la posible contribución de esa organización a las deliberaciones del período de sesiones. En esos casos, la Secretaría informará a los Estados miembros de la Comisión. Si se plantea una objeción, la decisión será adoptada por la Comisión.

¿Cuáles son los criterios y los procedimientos para invitar a organizaciones no gubernamentales (ONG)?

Criterios:

a) Conformidad de los objetivos y el propósito de la organización con el espíritu, los propósitos y los principios de la Carta de las Naciones Unidas;

b) Carácter internacional de su enfoque y su composición. La noción de "organizaciones internacionales" se interpreta en sentido amplio, entendiendo que comprende a organizaciones regionales y subregionales, así como otras organizaciones con demostrada experiencia internacional;

c) Capacidad de la organización para contribuir de manera provechosa a las deliberaciones del período de sesiones habida cuenta de su competencia reconocida en el asunto que se examina en el período de sesiones y su función en la representación de un determinado sector o industria;

d) Experiencia jurídica o comercial sobre la que debe informar la organización, que no ha de estar representada por otras organizaciones que ya participen en el período de sesiones.

En suma, el objetivo consiste en lograr en los períodos de sesiones una representación equilibrada de los principales puntos de vista o intereses en las esferas pertinentes en todas las zonas y regiones del mundo, con el fin de ayudar a la CNUDMI en la elaboración de textos jurídicos. La situación de reconocimiento de una organización no gubernamental como entidad consultiva por el Consejo Económico y Social no ha sido un factor decisivo en la concesión de solicitudes de invitación.

Procedimientos:

La organización interesada que cumpla los criterios anteriores puede remitir a la Secretaría de la CNUDMI, en la dirección uncitral@un.org, una carta oficial por la que solicita ser invitada a los períodos de sesiones de la CNUDMI o de sus grupos de trabajo particulares. La carta debe llevar el membrete de la organización, estar firmada por un funcionario autorizado de esta y demostrar que la organización cumple los criterios de admisibilidad antes enumerados. Debe incluir una copia, o un enlace al sitio web, del estatuto de la organización u otros documentos oficiales que confirmen su personalidad jurídica y su condición de organización no gubernamental

¿Pueden participar particulares en los períodos de sesiones?

Los particulares pueden participar en los períodos de sesiones de la CNUDMI solo en calidad de miembros de las delegaciones de los Estados o las organizaciones invitadas. En ocasiones, han tomado la palabra ante la Comisión o sus grupos de trabajo en calidad de expertos (por ejemplo, como relatores especiales o por otro concepto) por invitación de la CNUDMI.

¿Cómo se ponen a disposición del público los materiales de la CNUDMI?

La CNUDMI opera en un entorno de máxima transparencia. La Secretaría proporciona documentación escrita a la Comisión y a cada grupo de trabajo para que la examine en sus respectivos períodos de sesiones; ese material puede consultarse en el sitio web de la CNUDMI en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas antes de cada período de sesiones. Después de cada período de sesiones, se publica lo antes posible en el sitio web de la CNUDMI un informe del período de sesiones en el que se recogen las principales ideas formuladas y las decisiones adoptadas. Además, la Secretaría publica las actas resumidas de las reuniones de la Comisión dedicadas a la formulación de instrumentos normativos; en cambio, no se publican actas resumidas de las reuniones de los grupos de trabajo y otros debates del período de sesiones de la Comisión. A diferencia de las actas literales, las actas resumidas contienen declaraciones abreviadas. Por último, la Comisión ha decidido que, como norma general, las grabaciones digitales de los períodos de sesiones de la Comisión y de los grupos de trabajo se pongan a disposición del público en el sitio web de la CNUDMI. Los informes y, cuando procede, las actas resumidas y las grabaciones digitales de los períodos de sesiones se publican en el sitio web de la CNUDMI después del período de sesiones correspondiente. Ello permite que cualquier organización o cualquier particular siga tanto las deliberaciones que condujeron a la aprobación de un texto de la CNUDMI como los motivos de las decisiones normativas y la redacción recogida en cada uno de los textos. A fin de crear condiciones que permitan un debate abierto y franco sobre cuestiones técnicas, la CNUDMI ha venido siguiendo la práctica de no permitir la transmisión en directo de las sesiones de la CNUDMI relativas a la preparación de textos normativos (sea en los períodos de sesiones de la Comisión, sea en las reuniones de los grupos de trabajo)