Ley Modelo sobre la Insolvencia de Grupos de Empresas (2019)

Fecha de aprobación: 15 de julio de 2019

Finalidad

La Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia de Grupos de Empresas (la Ley Modelo) se centra en procedimientos de insolvencia relativos a múltiples deudores que pertenecen a un mismo grupo de empresas. Tiene por objeto dotar a los Estados de legislación moderna sobre los procedimientos relacionados con la insolvencia de grupos de empresas, tanto en el ámbito nacional como en el ámbito transfronterizo, y servir como complemento de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza y de la tercera parte de la Guía legislativa de la CNUDMI sobre el régimen de la insolvencia (la Guía legislativa, tercera parte).

¿Por qué es pertinente para el comercio internacional?

La creciente globalización de la actividad económica se ha traducido en un incremento considerable del número de grupos de empresas que operan en el comercio internacional, ya sean grupos constituidos en el plano nacional o internacional. En el caso de que las empresas de un grupo se encuentren en graves apuros financieros o sean insolventes, es importante que exista un régimen transparente y previsible que asegure enfoques adecuados y coordinados respecto de la insolvencia de las empresas del grupo y el tratamiento del grupo en su conjunto y que facilite, en vez de obstaculizar, la sustanciación rápida y eficiente del procedimiento de insolvencia. Al ofrecer un marco integral para la sustanciación de procedimientos de insolvencia relacionados con dos o más empresas del grupo, la Ley Modelo protege el valor de los bienes de esas empresas y del grupo y aumenta las posibilidades de que se rehabiliten, de modo que estimula el desarrollo económico y la inversión internacionales y apoya la actividad empresarial y el empleo.

Disposiciones principales

La Ley Modelo incluye disposiciones sobre la coordinación y cooperación entre los tribunales, los representantes de la insolvencia y, (cuando hubiera sido nombrado) el representante del grupo, en múltiples procedimientos de insolvencia relacionados con las empresas de un grupo; la elaboración de una solución colectiva de la insolvencia de un grupo de empresas, para la totalidad o parte de un grupo de empresas, a través de un único procedimiento de insolvencia iniciado en el lugar en que al menos una empresa del grupo tenga el centro de sus principales intereses (CPI); la participación voluntaria de varias empresas del grupo en ese único procedimiento de insolvencia (procedimiento de planificación) a fin de coordinar una solución colectiva de la insolvencia para las empresas pertinentes del grupo y el acceso a los tribunales extranjeros para las empresas del grupo y los representantes del grupo de empresas; el nombramiento de un representante (el representante del grupo) para coordinar la elaboración de una solución colectiva de la insolvencia mediante un procedimiento de planificación; la aprobación de los arreglos de financiación posteriores a la apertura del procedimiento en el contexto de la insolvencia de un grupo de empresas y la autorización de la aportación de fondos conforme a esos arreglos, cuando sea necesario; el reconocimiento transfronterizo de un procedimiento de planificación para facilitar la elaboración de una solución colectiva de la insolvencia, así como medidas para apoyar el reconocimiento y la formulación de una solución colectiva de la insolvencia; las medidas destinadas a reducir al mínimo la apertura de procedimientos de insolvencia no principales relacionados con las empresas del grupo que participen en el procedimiento de planificación, incluidas las medidas para facilitar el tratamiento de los créditos de los acreedores de aquellas empresas del grupo, incluidos los créditos extranjeros en elprocedimiento principal, y la formulación y el reconocimiento de una solución colectiva de la insolvencia.

Información complementaria

La Ley Modelo va acompañada de una Guía para la incorporación al derecho interno, que contiene información para ayudar a los Estados a incorporar sus disposiciones al derecho interno y servir de orientación a los usuarios del texto.