Situación actual: Convención de las Naciones Unidas sobre los Efectos Internacionales de las Ventas Judiciales de Buques (Nueva York, 2022) (Convención de Beijing sobre la Venta Judicial de Buques)

Esta página se actualiza cada vez que se informa a la CNUDMI de cambios en el estado de las Convenciones.

Para obtener información autorizada sobre la situación de los tratados depositados en poder del Secretario General de las Naciones Unidas y la cronología correspondiente, puede consultarse la Colección de Tratados de las Naciones Unidas (treaties.un.org).

La Secretaría de la CNUDMI prepara también anualmente un documento en el que figuran la situación de las Convenciones y las promulgaciones de Leyes Modelo de la CNUDMI, disponible en la página web del correspondiente período de sesiones de la Comisión de la CNUDMI.

Todas las fechas: DD/MM/AAAA

Estado

Notas

Firma

Ratificación, adhesión(*), aprobación(†), aceptación(‡) o sucesión(§)

Entrada en vigor

Antigua y Barbuda19/06/2024
Arabia Saudita05/09/2023
Barbados08/05/202508/05/202517/02/2026
Bélgica14/03/2024
Brasil17/04/2025
Burkina Faso05/09/2023
China05/09/2023
Chipre19/06/2024
Comoras05/09/2023
Cote d’Ivoire19/06/2024
Croacia19/06/2024
Dominicana27/09/2024
Ecuador17/11/2023
El Salvador05/09/202323/05/202417/02/2026
España19/06/202421/08/202517/02/2026
Gabón14/11/2024
Ghana30/12/2024
Granada05/09/2023
Honduras05/09/2023
Italia19/06/2024
Kiribati05/09/2023
Liberia05/09/2023
Libia24/09/2024
Luxemburgo25/04/2024
Malta19/06/2024
Panamá04/03/2025
República Árabe Siria05/09/2023
República Unida de Tanzanía21/09/2023
Santo Tomé y Príncipe05/09/2023
Senegal05/09/2023
Sierra Leona05/09/2023
Singapur05/09/2023
Suiza05/09/2023
Unión Europea(a)14/03/2024

Estados contratantes: 3 (SE REQUIERE EL DEPÓSITO DE 3 INSTRUMENTOS PARA QUE EL CONVENIO ENTRE EN VIGOR)

Notas

(a) Actos realizados de conformidad con el artículo 18 de la Convención, que establece que una organización regional de integración económica podrá firmar, ratificar, aceptar, aprobar la Convención o adherirse a ella y que, al hacerlo, deberá hacer una declaración en la que se especifiquen las materias que se rigen por la Convención respecto de las cuales sus Estados miembros hayan transferido competencia a esa organización.