Arbitraje comercial internacional

 

La Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958), más conocida como la Convención de Nueva York, es uno de los tratados de las Naciones Unidas más importantes en el ámbito del derecho mercantil internacional y la piedra angular del sistema de arbitraje internacional. En virtud de la Convención de Nueva York, los Estados se comprometen a dar efecto a un acuerdo por el que se convenga en someter una controversia a arbitraje y a reconocer y ejecutar los laudos dictados en otros Estados. En 2006 se aprobó la Recomendación relativa a la interpretación del párrafo 2 del artículo II y del párrafo 1 del artículo VII, y en 2016 se publicó la Guía de la secretaría de la CNUDMI relativa a la Convención de Nueva York.

La CNUDMI aprobó la primera edición de las Notas sobre la organización del proceso arbitral en 1996 y la segunda edición en 2016. Las Notas enumeran y describen los asuntos relacionados con la organización del proceso arbitral y están concebidas para que sean utilizadas de manera general y universal. El Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI, aprobado inicialmente en 1976 y revisado por primera vez  en 2010, establece un conjunto integral de normas procedimentales para la sustanciación del proceso arbitral y su uso está generalizado tanto en el arbitraje ad hoc como en el institucional. En ambas ocasiones,  se formularon recomendaciones a fin de ayudar a las instituciones arbitrales y otros órganos interesados que tuvieran previsto utilizar el Reglamento a atenerse al texto y al fondo del instrumento. En 2013,  se volvió a modificar el Reglamento a fin de incorporar el Reglamento de la CNUDMI sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado, cuya aplicación promueve la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (Nueva York, 2014), conocida como la Convención de Mauricio sobre la Transparencia. El artículo 8 del Reglamento sobre la Transparencia crea el archivo de la información publicada. En 2017, entró en vigor la Convención de Mauricio sobre la Transparencia, que ha creado un mecanismo novedoso y eficiente que complementa los tratados de inversión existentes (celebrados antes de abril de 2014) en cuanto a las obligaciones relativas a la transparencia.

La Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional fue aprobada en 1985 y modificada en 2006. Constituye un fundamento sólido para la armonización y el perfeccionamiento deseados de las leyes nacionales y regula todas las etapas del proceso arbitral.